1.0 Secretario
Objetivo
Coadyuvar el cumplimiento de los objetivos nacionales del desarrollo económico, mediante la formulación y conducción de políticas generales de desarrollo empresarial, que orienten a las actividades de la Secretaría y entidades del sector coordinado, de acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo y los Programas de mediano plazo de su competencia, así como contribuir a crear las condiciones necesarias parta fortalecer la competitividad del sector empresarial, con especial énfasis en el desarrollo y consolidación de proyectos productivos de las Micro,
Pequeñas y Medianas empresas para elevar el crecimiento económico del país y generar mayores oportunidades de empleo.
Funciones
1. Fijar, dirigir y vigilar la política de la Secretaría, así como planear, programar, coordinar y evaluar, en los términos de la legislación aplicable, las actividades del sector coordinador.
2. Someter al acuerdo del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos los asuntos encomendados a la Secretaría y al sector correspondiente, así como desempeñar las comisiones y funciones especiales que éste le confiera.
3. Desempeñar las comisiones y funciones, especiales que el presidente de los Estados Unidos Mexicanos le confiera.
4. Dar cuenta al Congreso de la Unión, luego de que inicie el periodo ordinario de sesiones, del estado que guarda su ramo o el sector coordinado e informar, ante requerimiento, de cualquiera de las Cámaras que lo integran, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente a sus actividades.
5. Refrendar, para su validez y observancia constitucionales, los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes expedidos por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
6. Representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y acciones d inconstitucionalidad a que se refiere el Art. 105 de la propia Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los casos en que lo determine el titular del Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplido de conformidad con lo dispuesto en el artículo del Reglamento Interior de la Secretaria de Economía.
7. Aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y del sector correspondiente en los términos de la legislación aplicable.
8. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Secretaría y de las entidades del sector correspondiente, así como, en su caso, las modificaciones respectivas para presentarlos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos de la legislación aplicable.
9. Coordinar, en el ámbito de su competencia, a los órganos nacionales establecidos de conformidad con las disposiciones aplicables de los tratados comerciales internacionales de los que México sea parte.
10. Designar a los representantes de la Secretaría en las comisiones, consejos, congresos, organizaciones, entidades e instituciones nacionales e internacionales en las que participe la misma.
11. Crear, suprimir o modificar delegaciones y subdelegaciones federales, oficinas de servicios o cualquier otra unidad de la Secretaría con la circunscripción territorial que juzgue conveniente, mediante acuerdos que serán publicados en el Diario Oficial de la Federación.
12. Ordenar la creación y presidir, en su caso, las comisiones internas transitorias o permanentes que se requieran para el mejor despacho de los asuntos a su cargo.
13. Establecer y adscribir orgánicamente las unidades de carácter técnico y administrativo para el funcionamiento adecuado de la Secretaría.
14. Expedir los acuerdos de carácter general con base en la Ley Minera, Ley Federal de Competencia Económica, Ley de Inversión Extranjera, Ley Federal de Protección al Consumidor, Ley Federal de Correduría Pública, Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Ley de Comercio Exterior, Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y demás ordenamientos cuya aplicación y vigilancia de su cumplimiento corresponda a la Secretaría.
15. Expedir las Condiciones Generales de Trabajo y demás acuerdos necesarios para el adecuado desarrollo de la relación laboral entre el personal y la Secretaría.
16. Coordinar las acciones de la Representación de México ante la Organización Mundial del Comercio y fijar los lineamientos que correspondan.
17. Celebrar acuerdos con instituciones oficiales extranjeras e internacionales para el reconocimiento mutuo de los resultados de la evaluación de la conformidad.
18. Las demás facultades indelegables por disposición legal y aquellas que con tal carácter le confiera el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. Funciones realizadas por las áreas de apoyo a la Oficina del C. Secretario de Economía En materia de Planeación y Evaluación Objetivo Establecer e instrumentar las acciones de planeación y evaluación que instruya el Secretario y que permitan a la dependencia tener políticas públicas eficientes y estratégicamente diseñadas para promover el desarrollo económico del país.
Funciones
1. Promover y coordinar la ordenación racional y sistemática de las acciones y actividades propias de los programas y proyectos de la Secretaría, asegurando su congruencia con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y del Programa Sectorial de la Secretaría.
2. Asesorar y apoyar a las unidades administrativas de la Secretaría, en el desarrollo de procesos de planeación orientados a la elaboración de programas y proyectos para asegurar el cumplimiento de sus funciones.
3. Brindar apoyo técnico a las unidades administrativas de la Secretaría, en la elaboración de la matriz de indicadores de resultados, servicios y gestión de sus programas con base en los lineamientos específicos que para tal efecto emitan las instancias competentes, gestionar su autorización y actualización anual, así como dar seguimiento a su incorporación en las reglas de operación o lineamientos de los programas.
4. Proponer y establecer los lineamientos y criterios para la evaluación institucional de los programas, proyectos y resultados en apego a la normatividad vigente y, en su caso, la reformulación o adecuación de los mismos, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría.
5. Coordinar la contratación, operación y seguimiento de las evaluaciones externas de los programas a cargo de la Secretaría, de acuerdo a la normatividad vigente; dar seguimiento a los resultados y recomendaciones de dichas evaluaciones, a la incorporación de los mismos en las reglas de operación o lineamientos de los programas, así como a la gestión de la difusión pública de dichos resultados y recomendaciones.
6. Revisar los proyectos relacionados con la emisión o modificación de reglas de operación o lineamientos de los programas a cargo de la Secretaría, para una operación más eficiente de los mismos y un mayor impacto en la población.
7. Analizar e integrar el material y la información que corresponda para la elaboración de los informes sobre la gestión pública en las materias que competen a la Secretaría, en coordinación con las unidades administrativas correspondientes.
8. Diseñar y operar un sistema de seguimiento y control de indicadores que permita monitorear los avances en el logro de los objetivos institucionales, apoye la evaluación de resultados y proporcione elementos para proponer acciones de mejora a los programas y proyectos de la Secretaría, con apego a los lineamientos que para tal efecto emitan las instancias competentes.
9. Apoyar a la Oficialía Mayor en las actividades relacionadas con el proceso de programación y presupuestación anual de la Secretaría, con base en lineamientos específicos que para tal efecto emitan las instancias competentes.
10. Coadyuvar, a solicitud de los órganos desconcentrados y organismos del sector, en el desarrollo de las funciones inherentes a su cargo.
11. Las demás que le señale el Secretario o le confieran otras disposiciones normativas. En materia de Comunicación Social
Objetivo
Comunicar a la sociedad los planes, programas y resultados de la acción de la Secretaría, así como dirigir la política de comunicación social.
Funciones
1. Desarrollar y dirigir la política de comunicación social de la Secretaría con base en las disposiciones que en la materia emite la Secretaría de Gobernación.
2. Coordinar las acciones de difusión, comunicación y prensa de la Secretaría, así como apoyar y asesorar a las unidades administrativas y órganos desconcentrados de ésta en materia de comunicación.
3. Proponer y verificar el cumplimiento de los lineamientos generales para la producción de los materiales impresos, sonoros, audiovisuales, electrónicos y demás medios de difusión de la Secretaría, en coordinación con la Oficialía Mayor.
4. Diseñar la estrategia noticiosa que permita la información objetiva y permanente de los planes, programas y actividades de la Secretaría a través de los medios de comunicación nacional e internacional.
5. Coordinar la captura, el análisis y el procesamiento de la información nacional e internacional referente a los acontecimientos de interés para las actividades de la Secretaría.
En materia de Enlace
Objetivo
Facilitar y coordinar al interior de la Secretaría de Economía (SE) las acciones de enlace, comunicación, difusión e información con los legisladores del H. Congreso de la Unión y de los Congresos Locales, así como con los representantes de los Gobiernos de los Estados, Municipios, Organismos del Sector Privado y Organizaciones de la Sociedad Civil; con el fin de favorecer las políticas públicas de la Secretaría, su sector coordinado y sus programas institucionales.
Funciones
1. Facilitar el proceso de vinculación entre el C. Secretario de Economía y los diversos actores políticos nacionales para fortalecer el diálogo e instrumentar acciones de beneficio mutuo.
2. Informar y difundir los contenidos y estrategias de la política económica, comercial e industrial de México, al Poder Legislativo, a los Gobiernos de los Estados, los Municipios del país, Organismos del Sector Privado y Organizaciones de la Sociedad Civil que lo soliciten.
3. Ser enlace institucional ante la Secretaría de Gobernación (SEGOB) a efecto de atender los asuntos de la competencia de la Secretaría, relacionados con las Cámaras del Congreso de la Unión, con los Organismos del Sector Privado y con Organizaciones de la Sociedad Civil.
4. Coordinar las relaciones y el desarrollo de las acciones que correspondan a la Secretaría en atención a las solicitudes y requerimientos del Congreso de la Unión, así como con los sectores privado y social.
5. Proponer y coordinar estrategias de negociación en las Cámaras del Congreso de la Unión y con los Organismos e Instituciones de los Sectores Privado y Social sobre las materias de interés que sean competencia de la Secretaría o de su sector coordinado.
6. Coordinar y apoyar las comparecencias y presentaciones del Secretario y de otros servidores públicos de la SE y su sector coordinado, ante las diversas instancias del Congreso de la Unión en colaboración con la SEGOB.
7. Informar sobre los temas que son competencia de la Secretaría que formulen los Diputados Federales, Locales y Senadores, Organismos privados y Organizaciones de la Sociedad Civil, en coordinación con la SEGOB.
8. Dar seguimiento a los acuerdos y pronunciamientos legislativos en materia económica de interés de la Secretaría, presentados en ambas Cámaras del Congreso de la Unión.
9. Dar respuesta a los puntos de acuerdo aprobados por el Senado de la República, la Cámara de Diputados y las legislaturas de los estados y coadyuvar en la elaboración de análisis técnicos relacionados con los mismos.
10. Coordinarse con la SEGOB, en lo que respecta a la aprobación de instrumentos jurídicos internacionales en materia económica, así como en su proceso de ratificación, por parte del Senado de la República, o por la Comisión Permanente.
11. Coordinar las acciones para establecer el diálogo permanente con los actores y organizaciones de los sectores privado y social encauzando una participación comprometida con los intereses de la sociedad mexicana fortaleciendo la interlocución y su cooperación.
12. Planear y apoyar en el desarrollo de estrategias de negociación con el Congreso de la Unión, los Congresos Estatales, actores y Organizaciones de los Sectores Privado y Social.
13. Dar seguimiento y respuesta a las gestiones y solicitudes de información que presenten los miembros del Congreso de la Unión, de los Congresos Estatales, así como los demás actores de los Sectores Privado y Social, en coordinación con las áreas técnicas de la SE y su sector coordinado.
1.0.1 Unidad de Asuntos Jurídicos
Objetivo
Brindar asesoría jurídica a la Secretaría y servir como área de enlace y consulta para asegurar con la emisión de criterios generales de interpretación, la congruencia en la aplicación de las disposiciones jurídicas que son de su competencia, así como apoyar y coordinar las actividades jurídicas de las unidades administrativas de la Secretaría de Economía mediante la formulación y revisión de los proyectos de iniciativas de leyes o reformas de las mismas, reglamentos, decretos, acuerdos y cualquier otra disposición normativa, incluyendo convenios y contratos; ser el representante de la Secretaría en los juicios que lo requieran e intervenir en los procedimientos judiciales, contenciosos y administrativos que correspondan; apoyar a los servidores públicos acreditados ante órganos de gobierno y demás instancias colegiadas; además aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de cámaras empresariales y del Sistema de Información Empresarial Mexicano.
Funciones
1. Asesorar jurídicamente a la Secretaría, coordinar y participar en las actividades jurídicas de las unidades administrativas de la misma, sin perjuicio de las facultades conferidas específicamente a otras unidades administrativas, así como ser auxiliar en los asuntos jurídicos de los órganos desconcentrados y del sector coordinado; emitir lineamientos generales relacionados con dichas actividades, y actuar como órgano de consulta interna de la Secretaría y de las entidades del sector.
2. Coordinar la formulación y revisión de los proyectos de iniciativas de leyes o decretos, así como de los reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones de observancia general en las materias competencia de la Secretaría y del sector, conforme a los lineamientos que determine el Secretario y llevar la compilación de los mismos; ser el enlace con el Diario Oficial de la Federación y preparar y supervisar las ediciones que se hagan respecto a las normas jurídicas referidas.
3. Emitir opinión, escuchando en su caso a las áreas técnicas correspondientes, respecto de ordenamientos que corresponda firmar o refrendar al Secretario, así como de los que tengan relación con las materias competencia de la Secretaría.
4. Determinar el criterio de la Secretaría cuando dos o más de sus unidades administrativas emitan opiniones contradictorias en cuestiones jurídicas y actuar en la solución de las mismas.
5. Interpretar para efectos administrativos las disposiciones jurídicas en las materias competencia de la Secretaría y emitir los criterios generales para su aplicación, que serán de observancia obligatoria para las unidades administrativas de la misma.
6. Representar al Presidente de la República en todos los trámites establecidos por la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en aquellos asuntos que corresponda a la Secretaría de Economía representar al Titular del Ejecutivo Federal, en términos del segundo párrafo del artículo 19 de la citada Ley.
7. Intervenir en las controversias constitucionales y en las acciones de inconstitucionalidad en las que el Secretario de Economía represente al Presidente de la República.
8. Representar a la Secretaría ante cualquier autoridad jurisdiccional, administrativa y del trabajo, y autorizar a los servidores públicos de la propia Unidad para representar a la dependencia ante esas autoridades, mediante oficio en el que se deberá indicar el asunto específico para el cual se otorga dicha autorización.
9. Representar al Secretario, a los Subsecretarios, al Oficial Mayor, a los Jefes de Unidad y a los Directores Generales de la Secretaría, en todos los trámites dentro de los juicios de amparo, así como suscribir promociones, desahogar trámites y asistir a audiencias y diligencias, que exija el trámite procesal de cualquier otro juicio de carácter judicial o contencioso administrativo en los que sean parte dichos servidores públicos.
10. Formular los informes previos y justificados en materia de amparo que deban presentar los servidores públicos de la Secretaría que no están comprendidos en la función anterior y que sean señalados como autoridades responsables.
11. Formular las contestaciones de demandas en toda clase de procedimientos judiciales, contenciosos-administrativos y del trabajo, ofrecer pruebas, absolver posiciones, comparecer en todo tipo de audiencias, formular alegatos, interponer toda clase de recursos y, en general, vigilar la tramitación de los juicios y atender ante las demás unidades administrativas el cumplimiento de las resoluciones que en ellos se pronuncien, prestando la asesoría que se requiera.
12. Ejercer las acciones judiciales y contencioso-administrativas que competan a la Secretaría; formular querella o denunciar ante el Ministerio Público los hechos que lo ameriten; otorgar perdón y gestionar ante cualquier autoridad la liberación y devolución de bienes de activo fijo de la Secretaría relacionados con averiguaciones previas, procedimientos judiciales o administrativos de cualquier naturaleza.
13. Solicitar con motivo de procedimientos en los que la Secretaría tenga interés, la comparecencia de los particulares, previa citación en la que se hará constar expresamente el lugar, fecha, hora y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla.
14. Transigir en representación de la Secretaría, dentro de cualquier procedimiento jurisdiccional administrativo, siempre y cuando la materia de ésta sea un bien jurídicamente disponible.
15. Representar al Secretario ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y ante cualquier otra autoridad laboral en los juicios y procedimientos en que sea parte la Secretaría, ejerciendo las acciones correspondientes.
16. Asesorar a las unidades administrativas de la Secretaría en los asuntos laborales, levantamiento de constancias y actas administrativas, así como dictaminar sobre las bajas y demás sanciones que procedan respecto del personal de base o de confianza de la Secretaría, por las causas establecidas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 Constitucional, en las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría, y en las demás disposiciones aplicables en materia laboral.
17. Revisar las bases y requisitos legales a que deben ajustarse los convenios y contratos convenios que deba suscribir la Secretaría, dictaminar sobre los mismos y llevar a cabo su registro.
18. Tramitar, dictaminar y resolver sobre las solicitudes de acreditamiento de personalidad ante la Secretaría, así como llevar el Registro Único de las Personas Acreditadas y expedir las constancias correspondientes y la calificación para participar en las licitaciones públicas para asignar cupos de importación y exportación.
19. Llevar la guarda y custodia de las fianzas de anticipos y de cumplimiento de contratos, así como asesorar a las áreas responsables en el procedimiento de liberación de las mismas.
20. Preparar las resoluciones que procedan sobre los recursos administrativos previstos en los diversos ordenamientos que aplica la Secretaría promovidos en contra de sanciones y proporcionar la asesoría necesaria para resolver otro tipo de recursos.
21. Dictaminar sobre formalidades y requisitos jurídicos que deben contener las formas de actas, los oficios de sanción, notificaciones, visitas y, en general, los demás documentos de uso oficial que se utilicen en forma reiterada en las actividades que realizan las diversas unidades administrativas de la Secretaría.
22. Coordinar y ser enlace en asuntos jurídicos con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal.
23. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la Secretaría, cuando deban ser exhibidas ante las autoridades judiciales, administrativas, del trabajo y, en general, para cualquier procedimiento, proceso o averiguación, o cuando medie solicitud de parte que acredite su interés jurídico.
24. Acreditar y registrar la participación de los representantes de la Secretaría en los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y cuerpos colegiados en que intervengan, así como verificar la asistencia y participación de los servidores públicos de esta dependencia e informar en forma trimestral al Secretario.
25. Llevar un seguimiento sistemático de los acuerdos tomados en las reuniones de los órganos de gobierno de las entidades paraestatales y cuerpos colegiados en los que participe el Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos e informar al Secretario su evolución.
26. Llevar el registro de nombramientos y firmas de los servidores públicos de la Secretaría y el de aquellos que la representen en órganos colegiados de entidades paraestatales y en comisiones intersecretariales e interinstitucionales, así como ser el enlace con el área correspondiente de la Secretaría de Gobernación en esta materia.
27. Integrar los informes y demás requerimientos que deban rendirse a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y otros organismos análogos.
28. Autorizar la constitución de cámaras empresariales y sus confederaciones, registrar sus estatutos y modificaciones, así como las delegaciones y representaciones de las cámaras, convocar a las asambleas generales de las cámaras o sus confederaciones, expedir las autorizaciones para la operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano, sancionar los casos de incumplimiento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, en los casos que así proceda, tomando en cuenta la opinión del área técnica cuando la hubiere y los criterios que al efecto se señalen, vigilar y verificar la observancia de la misma y de sus disposiciones reglamentarias.
29. Representar jurídicamente a la Secretaría para el efecto de dar trámite a los asuntos relacionados con la propiedad industrial y los derechos de autor ante las autoridades competentes, ejercer el resguardo y custodia de los títulos y demás documentos en los que se consignen los derechos de la Secretaría en ambas materias, así como autorizar y registrar el uso de logotipos distintivos por parte de las unidades administrativas de la Secretaría.
30. Representar a la Secretaría ante las autoridades hacendarias competentes, para el efecto de dar trámite a los asuntos relacionados con las solicitudes de autorización de productos y aprovechamientos, así como con las propuestas de derechos.
31. Formar parte de la Comisión de Estudios Jurídicos del Gobierno Federal, presidida por el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal.
32. Elaborar estudios del sistema jurídico nacional, en colaboración con las demás unidades administrativas de la Secretaría, en el ámbito de competencia de la misma.
33. Fungir como Titular de la Unidad de Enlace en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
34. Coordinar la recepción y la atención a las solicitudes de acceso a la información, referidas en los artículos 24, 25 y 40 de la LFTAIPG.
35. Coordinar los trabajos de orientación y asesoría que ofrece la Unidad de Enlace a los particulares en la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre las dependencias o entidades u otro órgano que pudieran tener la información que solicitan.
36. Coordinar la gestión de los trámites internos necesarios para entregar la información solicitada y realizar las notificaciones a los particulares.
37. Proponer al Comité de Información los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información.
38. Habilitar a los servidores públicos de la dependencia o entidad que sean necesarios, para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.
39. Coordinar un registro de las solicitudes de acceso a la información.
40. Garantizar y agilizar el flujo de información entre la dependencia y los particulares.
1.0.2 Coordinación General de Delegaciones Federales
Objetivo
Impulsar la política promotora, la prestación de servicios desconcentrados y la mejora regulatoria que realiza la Secretaría de Economía, para incentivar en las entidades federativas la competitividad, la generación de empleos y el crecimiento del mercado interno, a través de las delegaciones y subdelegaciones federales y oficinas de servicios (representaciones federales), así como promover la coordinación entre esas representaciones federales y las unidades administrativas del ámbito central.
Funciones
1. Organizar y coordinar a las representaciones federales, de acuerdo con los criterios, políticas, lineamientos y programas de trabajo de carácter administrativo establecidos.
2. Establecer en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría, los criterios de gestión y coordinación aplicables por las representaciones federales, que permitan el eficaz cumplimiento de las funciones delegadas.
3. Promover en coordinación con las áreas normativas respectivas, la desconcentración de las funciones técnicas y administrativas de la Secretaría a las representaciones federales.
4. Promover y gestionar ante las áreas normativas correspondientes, el suministro a las representaciones federales de los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos requeridos, para operar de manera adecuada el ejercicio de sus atribuciones.
5. Realizar en coordinación con las representaciones federales, el análisis de los procesos para la operación de programas y proyectos incorporándolos a un sistema de calidad, en un marco de mejora continua. 6. Coordinar y administrar el diseño, implantación y ejecución del sistema de calidad de las representaciones federales, supervisar el cumplimiento de los estándares de servicio establecidos, así como captar y medir la satisfacción y expectativas del cliente.
7. Difundir a las representaciones federales, las modificaciones que emitan las áreas normativas, así como dar seguimiento y apoyo para la operación de los programas de promoción y servicios.
8. Gestionar y coordinar con el área normativa correspondiente, el proceso de capacitación en las representaciones federales.
9. Supervisar y evaluar el cumplimiento de las facultades atribuidas a las representaciones federales, que corresponda ejecutar a la Secretaría en el ámbito de su competencia, así como vigilar el desarrollo de los programas de las entidades que integran el sector en los que tengan participación, en coordinación con las áreas normativas de la Secretaría.
10. Proponer en coordinación con el área normativa correspondiente, la asignación del gasto de las representaciones federales, así como supervisar su ejercicio y, en su caso, proponer medidas correctivas.
11. Coordinar con el área normativa correspondiente, la evaluación y asignación del equipo de cómputo, paquetes de programas y capacitación para las representaciones federales, así como elaborar y administrar los programas de mantenimiento preventivo y correctivo.
12. Proporcionar elementos de información estratégica en la toma de decisiones de áreas normativas de la Secretaría, para la adecuación, desarrollo y mejora continua de los procesos y programas que se operan en las representaciones federales.
13. Proponer al servidor público superior al que se encuentre adscrita, la creación de delegaciones y subdelegaciones federales y oficinas de servicios, su desaparición o modificación, así como el nombramiento o remoción de los titulares de las mismas.
14. Integrar los programas de trabajo de las representaciones federales.
15. Administrar y coordinar los programas de capacitación que requieran difundir las unidades administrativas centrales a las representaciones federales, a través del equipo de recepción de señales satelitales.
16. Celebrar acuerdos en coordinación con las áreas normativas de la Secretaría, con los gobiernos estatales, entidades de fomento y organismos empresariales, para promover la actividad económica.
17. Proponer y participar con las áreas normativas correspondientes, en el diseño, adecuación y ejecución de programas, proyectos e instrumentos operativos en materia de mejora regulatoria, comercio exterior, inversión extranjera, industria, comercio interior y minería.
18. Proponer y participar en el diseño, instrumentación y seguimiento de normas, programas y disposiciones de observancia general que corresponde ejecutar a las representaciones federales, en el ámbito de su competencia.
19. Definir los criterios y parámetros de medición de resultados, para la evaluación de la gestión de las representaciones federales.
20. Establecer en coordinación con las áreas normativas correspondientes, las prioridades y metas para la operación de los programas en las representaciones federales
21. Las demás comisiones y asignaciones que le indiquen sus superiores.
1.0.2.1 Delegaciones y Subdelegaciones Federales y Oficinas de Servicios
Objetivo
Coordinar y supervisar la operación y funcionamiento de los asuntos competencia de la Secretaría de Economía, de conformidad a las atribuciones conferidas, y en su caso, supervisar la operación de las subdelegaciones federales y oficinas de servicios de su jurisdicción.
Funciones
En materia de promoción y fomento
1. Representar a la Secretaría ante las autoridades estatales, municipales, y ante las organizaciones, cámaras y asociaciones empresariales; así como dar seguimiento a los compromisos contraídos.
2. Promover los programas institucionales y la vinculación con instituciones educativas.
3. Promover y suscribir acuerdos con los gobiernos estatales, municipales, entidades de fomento y organismos empresariales, para impulsar la actividad económica.
4. Proponer con base en las características y prioridades estatales, proyectos de mejora regulatoria, promoción de negocios, inversión y exportaciones.
5. Coordinar y/o participar en los trabajos de los consejos, comisiones, comités y cualquier tipo de evento en los que la Secretaría participa en cada entidad federativa, para cumplir con sus objetivos; y dar seguimiento a los compromisos contraídos.
6. Coordinar e implementar las políticas, programas y estrategias de la Secretaría.
7. Proporcionar información pertinente relacionada con las actividades competencia de la Secretaría.
8. Difundir a través de los medios de comunicación, la información oficial del sector.
9. Asesorar a la micro, pequeña, mediana y gran empresa, organizaciones, instituciones, emprendedores, inversionistas, y al público en general sobre los programas de la Secretaría.
10. Las demás que les confieran las disposiciones legales o el Secretario.
En materia de servicios
11. Recibir, tramitar y resolver los asuntos competencia de la Secretaría y, en su caso, remitirlos a las áreas normativas correspondientes para su dictaminación.
12. Resolver solicitudes del programa de Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación y emitir los oficios resolutivos.
13. Resolver solicitudes de devolución de impuestos de importación sobre los insumos incorporados en productos de exportación, así como para mercancías que se retornen en el mismo estado, y emitir los oficios resolutivos.
14. Recibir solicitudes de permisos de importación y exportación, así como de sus modificaciones y prórrogas, para las mercancías cuyo dictamen esté a cargo de las áreas normativas competentes y expedir las resoluciones correspondientes con base en el dictamen que dichas áreas emitan.
15. Resolver sobre solicitudes de permisos nuevos de importación y exportación, así como prórrogas y modificaciones de permisos por concepto de aumento de valor aduanal, agente aduanal, país de origen y/o destino y número de serie, siempre y cuando estén relacionadas con mercancías cuyo dictamen esté a cargo de las delegaciones o subdelegaciones federales.
16. Recibir y remitir al área normativa, cuando corresponda, el trámite de las solicitudes de cupos de importación y de exportación negociados en el marco de las Asociaciones, Acuerdos y Tratados de los que México sea parte, así como la expedición de los Certificados de Cupo correspondientes.
17. Expedir certificados de origen para mercancías de exportación elaboradas en el país y dictaminar los cuestionarios correspondientes.
18. Resolver sobre el registro como empresa de la frontera y, en su caso, expedir las constancias.
19. Resolver sobre solicitudes de inscripción, prórrogas y renovaciones en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, así como resolver sobre los avisos de modificaciones a la información proporcionada y expedir las constancias correspondientes.
20. Recibir los avisos de los fedatarios públicos sobre omisiones de inscripción en el Registro Nacional de Inversión Extranjera.
21. Proporcionar la información y cuestionarios oficiales a los interesados, para presentar sus solicitudes o consultas ante el área normativa correspondiente, en los casos de prácticas desleales de comercio internacional y de medidas de emergencia o de salvaguarda.
22. Inscribir en el Registro Único de Garantías Mobiliarias, a solicitud de parte, las garantías mobiliarias, su modificación, transmisión, rectificación por error, cancelación, renovación de inscripción, aviso preventivo y anotaciones, así como cualquier acto vinculado con ellas.
23. Autorizar los libros de registro de los corredores públicos y custodiar, en los casos en que proceda, los sellos oficiales cuando no exista colegio de corredores en la plaza.
24. Dictaminar sobre la viabilidad técnico-económica para la constitución de sociedades cooperativas de producción, distribución, consumo y servicios y sociedades de responsabilidad limitada de interés público.
25. Revisar y, en su caso, autorizar las modificaciones a los estatutos de las cámaras de comercio.
26. Resolver las solicitudes de certificación y expedir los certificados a los productos o servicios sujetos al cumplimiento de las normas oficiales mexicanas, en el ámbito de competencia de la Secretaría, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emitan la Dirección General de Normas.
27. Las demás que les confieran las disposiciones legales o el Secretario.
En materia jurídico administrativa
28. Intervenir en los juicios, demandas y litigios en los que esté de por medio el interés jurídico de la Secretaría, en coordinación con la Unidad de Asuntos Jurídicos.
29. Administrar los recursos humanos, financieros, materiales y servicios generales e informáticos, en los términos del Acuerdo por el que se determinan las atribuciones, funciones y circunscripción de las delegaciones y subdelegaciones federales y oficinas de servicios de la Secretaría de Economía.
En materia de Minería
30. Atender, recibir, revisar, gestionar y/o desaprobar en su caso, conforme a las disposiciones aplicables, todo lo relacionado con las solicitudes de expedición de títulos de concesión o asignación minera, de reducción, división, identificación, prórroga de la vigencia de explotación o unificación de superficies amparadas.
31. Atender, conforme a las disposiciones aplicables, promociones sobre nulidad de concesiones de asignaciones mineras, aplicar la suspensión provisional de obras y efectuar el sorteo de solicitudes simultáneas, así como practicar visitas de inspección para asegurar la aplicación de la normatividad en esta materia.
32. Las demás que les confieran las disposiciones legales o el Secretario.
Oficinas de Servicios
Objetivo
Recibir, gestionar y entregar los trámites y sus resoluciones a los interesados de los asuntos competencia de la Secretaría de Economía, de conformidad a las atribuciones conferidas.
1. Recibir, tramitar y enviar a las Delegaciones y Subdelegaciones Federales los asuntos competencia de la Secretaría de acuerdo a su circunscripción, para su dictaminación.
2. Otorgar asesorías a empresas en materia de servicios.
3. Entregar las resoluciones de los trámites a los usuarios.
4. Realizar visitas de verificación y notificaciones.
1.1 Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa
Objetivo
Planear, diseñar y ejecutar las políticas, instrumentos, esquemas, sistemas y programas para fomentar la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad y sustentabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas, de los emprendedores, así como la generación de empleos.
Funciones
1. Conducir las acciones de planeación, programación, organización y evaluación para el funcionamiento de las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría.
2. Autorizar los estudios y propuestas de las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría y someterlos a la aprobación del Secretario de Economía para la toma de decisiones en materia de creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad y sustentabilidad de los micros, pequeñas y medianas empresas, así como de emprendedores y la generación de empleos.
3. Proponer y participar en la formulación de los instrumentos jurídicos en materia de fomento a la creación, desarrollo, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas.
4. Supervisar que las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría observen los ordenamientos legales y administrativos en materia de fomento a la creación, desarrollo, consolidación y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas y de emprendedores.
5. Concertar y coordinar la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las Entidades Federativas, del Distrito Federal, de los Municipios y de los sectores privado y social en los temas relativos al desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas y de los emprendedores.
6. Coordinar y supervisar a las unidades administrativas adscritas a la Subsecretaría para que operen los programas a través de los cuales se otorguen subsidios u otros recursos federales, entre los que destacan el Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONDO PyME), Programa de la Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (PROLOGYCA) y el Programa para la Creación de Empleo en Zonas Marginadas.
1.1.1 Coordinación General del Programa Nacional de Financiamiento al
Microempresario
Objetivo
Coordinar, impulsar, fomentar e incrementar el sector microfinanciero, a fin de ampliar el financiamiento a microempresarios que no tengan acceso a los servicios de la banca comercial, así como planear e instalar un sistema de capacitación y fortalecimiento institucional de las microfinancieras y sus acreditados.
Funciones
1. Coordinar la operación y seguimiento del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, así como de programas similares cuando lo considere conveniente la Secretaría.
2. Proponer las estrategias para la participación del gobierno federal en el fortalecimiento de instituciones, organizaciones e instrumentos cuyo objetivo sea el financiamiento a microempresarios que no tienen acceso a los servicios de la banca comercial, así como proponer y fomentar la diversificación de productos de Microfinanciamiento; capacitación y asistencia técnica y todas aquellas estrategias que coadyuven al crecimiento; inclusión y a la potenciación de la microempresa en el sistema económico.
3. Coordinar las acciones y consultas con otras dependencias, entidades y sectores relacionados con el sector microfinanciero, en el ámbito de su competencia.
4. Fomentar el desarrollo del sector microfinanciero en la población urbana y rural en condiciones de pobreza, y los apoyos relacionados con dicho sector.
5. Llevar un registro de las operaciones del sector microfinanciero en el país, normar la captación de información, su actualización y uso, así como llevar a cabo el análisis, presentación y difusión de la información relevante para el conocimiento del sector.
6. Establecer el sistema de capacitación y fortalecimiento institucional para las microfinancieras y sus acreditados.
7. Establecer un sistema de evaluación del desempeño financiero y del impacto social de los Programas PRONAFIM y FOMMUR.
8. Representar a la Secretaría en todos los actos cuyo objetivo sea el desarrollo del sector microfinanciero.
1.1.2 Dirección General de Capacitación e Innovación Tecnológica
Objetivo
Planear, promover y coordinar el diseño e instrumentación de mecanismos, programas, herramientas e instrumentos de diagnóstico, consultoría, asesoría, capacitación y sistemas de acceso a la información, para fomentar una nueva cultura empresarial, así como el desarrollo y
la innovación tecnológica en las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), orientándolas hacia la calidad, productividad, permanencia y responsabilidad social.
Funciones
1. Diseñar y promover programas, esquemas y herramientas que permitan identificar y satisfacer las necesidades de consultoría y capacitación integral y asesoría de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas que fomenten una nueva gestión empresarial para la competitividad, así como promover la creación de nuevas empresas, la consolidación, desarrollo y modernización de las ya existentes, bajo un enfoque sectorial y regional.
2. Fomentar y consolidar una red de centros que permita diseñar, integrar y promover programas, esquemas y herramientas que faciliten identificar y satisfacer las necesidades de emprendedores y MIPyMES a través de servicios de capacitación y consultoría, gestión, financiamiento, innovación y desarrollo tecnológico y comercialización.
3. Promover esquemas que involucren a cámaras, organismos empresariales, asociaciones, instituciones educativas y organizaciones relacionadas con el desarrollo empresarial, para crear una sinergia que fomente la productividad y competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
4. Establecer los mecanismos de coordinación con entidades federales, estatales, municipales, organismos empresariales, instituciones educativas y de investigación entre otros, para diseñar estrategias que permitan fortalecer los centros de servicios dirigidos a emprendedores y MIPyMES.
5. Diseñar y promover esquemas de consultoría y capacitación en los micro, pequeños y medianos empresarios para que orienten las estrategias de dirección de sus negocios hacia la modernidad, que promueva y facilite el cambio y la mejora continua.
6. Promover en coordinación con entidades federales, estatales, municipales, asociaciones civiles, instituciones educativas y de investigación, organismos empresariales y fideicomisos, la formación, acreditación o certificación de consultores y capacitadores que brinden servicios de apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas generando esquemas de vinculación para fortalecer los centros de servicios especializados en la atención a MIPyMES.
7. Dirigir y dar seguimiento, de acuerdo a la normatividad establecida, a los apoyos destinados a proyectos que fomenten y desarrollen una cultura empresarial, una cultura de calidad y el desarrollo y la innovación tecnológica en las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
8. Promover acciones que faciliten la transmisión del conocimiento y el acceso a las fuentes de información para la toma de decisiones que contribuyan al desarrollo y modernización de las capacidades productivas y administrativas de los empresarios de Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
9. Fomentar el desarrollo y la innovación tecnológica en las Micro, Pequeñas y Medianas empresas mediante la capacitación, asesoría, consultoría especializada y otros esquemas de consultoría técnica para franquicias.
10. Promover la creación y/o consolidación de incubadoras de empresas.
11. Promover el desarrollo de estudios y metodologías para detonar sectores estratégicos.
12. Difundir nuevas alternativas de capacitación, utilizando herramientas de infraestructura tecnológica e informática.
13. Promover la capacitación a emprendedores para generar planes de negocios y apoyar su desarrollo a través de la vinculación con organismos que ofrecen asesoría y consultoría.
14. Fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico en productos, procesos y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas a través de sistemas de información, consultoría técnica especializada, así como procesos de calidad, a fin de incrementar la productividad y competitividad.
15. Diseñar, coordinar y supervisar la elaboración y operación de sistemas informáticos que contribuyan en la mejora de la gestión empresarial de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
16. Coordinar la operación y administración del Sistema de Información Empresarial Mexicano, para impulsar negocios, instrumentos virtuales que permitan identificar la oferta y demanda de productos e insumos de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas mexicanas.
17. Promover convenios y acuerdos, en el ámbito de su competencia, con las entidades federativas, municipios, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y organismos del sector privado, social y educativo.
18. Participar en eventos, ferias, exposiciones, congresos, seminarios, talleres y otros eventos en apoyo de los emprendedores y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
19. Participar en comisiones, comités, consejos, órganos de decisión o cualquier otro grupo de trabajo u órgano administrativo en asuntos vinculados con los emprendedores y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
1.1.3 Dirección General de Promoción Empresarial
Objetivo
Fomentar la creación, desarrollo y consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas competitivas a través de promover, coordinar y vincular los programas y acciones de apoyo con todos los actores económicos del país.
Funciones
1. Promover la suscripción y dar seguimiento a los acuerdos y convenios en apoyo a proyectos que incidan en el desarrollo de los emprendedores y de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas con estados y municipios, organizaciones empresariales, instituciones financieras, educativas y otros organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, en materia de acceso al financiamiento y promoción empresarial.
2. Fomentar y coordinar acciones en materia de acceso al financiamiento y promoción empresarial para el desarrollo de los emprendedores y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en todas las regiones y sectores del país.
3. Coordinar y apoyar, en el ámbito de su competencia, el acercamiento y vinculación de la Secretaría con los organismos públicos, privados, sociales y educativos que tengan como propósito acciones encaminadas a elevar la competitividad y productividad de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, así como abatir los desequilibrios regionales del país.
4. Promover y difundir los programas y acciones de apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
5. Promover, diseñar, coordinar y supervisar la realización y participación en foros, ferias, congresos, seminarios, exposiciones y eventos que tengan como propósito promover los encuentros de negocios, el desarrollo empresarial, así como los programas de apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
6. Promover el acercamiento entre los emprendedores y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas y el sector financiero, de manera tal que permita y facilite el acceso de éstos al financiamiento.
7. Diseñar, desarrollar y promover la creación y establecimiento de esquemas que faciliten el acceso al financiamiento a los emprendedores y a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
8. Fomentar la constitución de fondos, programas, instrumentos y mecanismos de garantía, de cobertura nacional, regional y estatal, que faciliten el acceso al financiamiento a los emprendedores y a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
9. Promover y coordinar con instituciones financieras, entidades de fomento, organismos empresariales e instituciones educativas, la constitución del Sistema Nacional de Financiamiento PYME y el establecimiento de la Red Nacional de Consultores Financieros.
10. Promover la capacitación financiera de las entidades de fomento, para la generación de productos y servicios financieros para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
11. Promover esquemas de acceso al financiamiento con la banca múltiple y de desarrollo, con los intermediarios financieros no bancarios y con organismos financieros internacionales.
12. Fomentar la creación, operación y desarrollo de fondos de capital de riesgo y esquemas similares para impulsar la constitución y desarrollo de Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
13. Promover y fomentar el desarrollo de una cultura financiera en los emprendedores y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas mediante esquemas de capacitación, asesoría especializada y la formación de especialistas en la materia.
14. Promover la realización de proyectos productivos en las diferentes regiones del país.
15. Promover la instalación del Consejo Nacional para la Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, así como dar seguimiento y apoyar técnicamente a las tareas que de él deriven.
16. Promover e incidir en la constitución de los Consejos Estatales para la Competitividad de las
Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
17. Representar y coordinar la participación de la Secretaría en comisiones, comités, consejos, órganos de planeación y de decisión, cámaras empresariales o cualquier otro grupo de trabajo u órgano administrativo que guarde relación con los emprendedores y las Micro, Pequeñas y Medianas empresas en el ámbito de acceso al financiamiento y la promoción empresarial.
18. Impulsar y promover los proyectos de cooperación técnica y el intercambio comercial, industrial, tecnológico y de inversión en apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas con organismos empresariales, instituciones educativas y organismos internacionales.
19. Participar y colaborar con organismos internacionales en el diseño y desarrollo de esquemas de apoyo para las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
20. Coordinar los mecanismos de evaluación y seguimiento de los programas en el ámbito de su competencia.
21. Coordinar las convocatorias de las sesiones del H. Comité Técnico del Fideicomiso México Emprende, autorizar los asuntos que se presentarán ante el Comité, así como dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se adopten.
22. Coordinar la convocatoria para la sesión del Comité Técnico del Fideicomiso para Promover el Desarrollo de Proveedores y Contratistas Nacionales para la Industria Petrolera Estatal, autorizar los asuntos que se presenten ante el Comité, fungir como Secretario Técnico y Secretario de Actas así como dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se adopten.
23. Vigilar que los recursos de los Fideicomiso México Emprende y del Fideicomiso para Promover el Desarrollo de Proveedores y Contratistas Nacionales para la Industria Petrolera Estatal, se apliquen de acuerdo al cumplimiento de los objetivos y metas que se establezcan.
24. Coordinar y gestionar los trámites para registrar los actos jurídicos del Fideicomiso México Emprende y del Fideicomiso para Promover el Desarrollo de Proveedores y Contratistas Nacionales para la Industria Petrolera Estatal, en el sistema de control y transparencia de fideicomisos de la SHCP.
25. Supervisar la elaboración del programa anual de promoción y difusión de los instrumentos, programas, esquemas, herramientas y acciones de la SPYME.
26. Coordinar los Comités organizadores de la Semana Nacional PYME y otros eventos de promoción PYME.
27. Coordinar las convocatorias de las sesiones del H. Comité Técnico del Programa para la Creación de Empleo en Zonas Marginadas, autorizar los asuntos que se presentarán ante el Comité, así como dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos que se adopten.
1.1.4 Dirección General de Desarrollo Empresarial y Oportunidades de Negocio
Objetivo
Promover la integración de las pequeñas y medianas empresas a las cadenas industrial, comercial y de servicios, así como propiciar la generación y aprovechamiento de oportunidades de negocio de las pequeñas y medianas empresas, con el fin de contribuir al desarrollo sectorial y regional.
Funciones
1. Impulsar la integración de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas a las cadenas productivas para fomentar el desarrollo económico, regional y sectorial.
2. Concertar acciones con los distintos sectores productivos para contribuir a su desarrollo y fortalecer las cadenas industrial, comercial de servicios.
3. Fomentar la cultura de asociación entre las Micro, Pequeñas y Medianas empresas e impulsar la consolidación de agrupamientos empresariales, empresas integradoras y parques industriales para contribuir al desarrollo sectorial y regional.
4. Atender las solicitudes de registro de las empresas integradoras.
5. Instrumentar mecanismos de apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas para su integración a las cadenas productivas como proveedores y distribuidores y para la realización de proyectos de alto impacto que contribuyan al fortalecimiento de las cadenas productivas.
6. Establecer las estrategias y dirigir las acciones para formular o actualizar estudios y diagnósticos de sectores productivos.
7. Participar en comisiones, comités, consejos, órganos de decisión o cualquier grupo de trabajo que tenga por objeto promover el desarrollo empresarial.
8. Promover convenios y acuerdos, en el ámbito de su competencia, con las entidades federativas, municipios, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y organismos del sector privado, social y educativo.
9. Establecer las estrategias y dirigir las acciones necesarias para fortalecer y fomentar la comercialización de productos nacionales.
10. Participar en la promoción y organización de ferias, congresos, seminarios y otros eventos que permitan fomentar el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, así como el de las regiones o sectores productivos.
11. Instrumentar acciones para difundir las oportunidades de negocios entre las Micro, Pequeñas y
Medianas empresas del país.
12. Coordinar los mecanismos de asignación, control, evaluación y seguimiento de los apoyos que otorga la Secretaría, derivado de los programas que establezca en lo relativo a la integración de las Pequeñas y Medianas empresas a las cadenas industrial, comercial y de servicios, así como propiciar la generación y aprovechamiento de oportunidades de negocio de las Pequeñas y Medianas empresas.
1.1.5 Dirección General de Oferta Exportable
Objetivo
Generar y promover políticas que coadyuven a la consolidación y promoción de las micro, pequeñas y medianas empresas en los mercados interno y de exportación para contribuir al desarrollo económico del país.
Funciones
1. Promover y concertar convenios y acuerdos en materia de consolidación de proyectos de exportación y fomento de las exportaciones con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, organismos de los sectores académico, privado y social, así como con gobiernos estatales y municipales, en beneficio de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas del país.
2. Fomentar el desarrollo y operación de organismos de consolidación y promoción de la oferta exportable y el fomento de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
3. Proponer mecanismos e instrumentos que eleven la competitividad, la consolidación de proyectos de exportación y el incremento de las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
4. Coordinar acciones en materia de promoción de las exportaciones con las instituciones y dependencias de la Administración Pública Federal, así como con los gobiernos estatales y municipales, además de concertar la conjugación de esfuerzos con organismos e instituciones del sector privado y social en apoyo a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas.
5. Coordinar la operación y el establecimiento de mecanismos de orientación al exportador, con el fin de brindarle a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas asistencia técnica y asesoría, para consolidar proyectos de exportación y fomentar la cultura exportadora.
6. Coordinar los trabajos de la Comisión Mixta para la Promoción de las Exportaciones, a través de la gestión empresarial que se deriven en la atención de las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, en especial de la comunidad exportadora, a fin de facilitar la actividad empresarial y fortalecer la planta productiva nacional.
7. Promover y participar en la organización de encuentros entre empresas mexicanas y extranjeras para impulsar el establecimiento de alianzas estratégicas, así como facilitar su participación en eventos de carácter internacional, que les permitan concretar contactos de negocio.
8. Participar en organismos internacionales vinculados a la promoción del comercio exterior, con objeto de promover esquemas de cooperación y asistencia, así como para asimilar experiencias para el diseño de políticas.
9. Coordinar los mecanismos de asignación, control, evaluación y seguimiento de los apoyos que otorga la Secretaría, derivado de los programas que establezca para la consolidación de proyectos de exportación y el incremento de las exportaciones de los micros, pequeñas y medianas empresas.
1.2 Subsecretaría de Competitividad y Normatividad
Objetivo
Fortalecer la competitividad económica nacional y desarrollar las acciones necesarias para generar confianza y lograr el ingreso de la inversión extranjera que el país requiere en los términos del marco jurídico vigente; asimismo, promover el crecimiento de la actividad económica, mediante el desarrollo y aplicación de una normatividad clara, eficaz y simplificada.
Funciones
1. Conducir las acciones de la Agenda de Competitividad del Gobierno Federal, con el fin de incrementar la inversión y la productividad de las empresas, acrecentar la facilidad para hacer negocios, e incentivar el desarrollo de las instituciones nacionales.
2. Coordinar el sistema de metrología, normalización y evaluación de la conformidad en el ámbito de su competencia y de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, a fin de proteger la seguridad de los consumidores, fomentar la competitividad de la industria y el comercio en el ámbito nacional e internacional.
3. Regular la inversión extranjera en el país, mediante el diseño y aplicación de instrumentos jurídicos y estadísticos que brinden certeza jurídica a los inversionistas extranjeros y fortalezcan la economía nacional.
4. Conducir y determinar las políticas, estrategias y directrices encaminadas a fortalecer los servicios del Registro Público de Comercio, del Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER), la sección del Registro Único de Garantías Mobiliarias, el sistema de Correduría Pública, el uso de la firma electrónica avanzada y el Portal de Apertura Rápida de Empresas, como factores para el desarrollo del comercio, el gobierno electrónico y la simplificación de la interacción entre los comerciantes y el gobierno.
5. Intervenir en la formulación de proyectos de leyes, reglamentos, decretos y acuerdos en los asuntos de su competencia.
6. Vigilar que se cumpla con las disposiciones normativas en los asuntos de su competencia.
7. Imponer sanciones administrativas y resolver los recursos que se interpongan en los términos de las facultades que le correspondan.
8. Desempeñar las comisiones que le encomiende el Secretario y realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de las funciones que tiene asignadas
9. Las demás que le señale el Secretario o le confieran otras disposiciones normativas.
1.2.1 Secretariado Técnico de la Competitividad
Objetivo
Generar y dar seguimiento a las acciones de la Agenda de Competitividad del Gobierno Federal, con el fin de promover el bienestar de trabajadores y familias, incrementar la inversión y la productividad de las empresas, acrecentar la facilidad para hacer negocios, e incentivar el desarrollo de las instituciones nacionales.
Funciones
1. Dar seguimiento a los indicadores de competitividad que emiten los organismos tanto nacionales como internacionales.
2. Difundir los avances del Gobierno Federal en materia de competitividad.
3. Diseñar agendas para sectores económicos de alto valor agregado y contenido tecnológico y promover la integración de cadenas productivas locales y regionales.
4. Asegurar la constitución, operación y fortalecimiento del Comité de Competitividad.
5. Registrar y dar seguimiento los acuerdos tomados en el Comité de Competitividad.
6. Acordar con el superior que corresponda la resolución de los asuntos cuya tramitación sea de su competencia.
7. Formular dictámenes, opiniones e informes respecto a los temas de competitividad nacional.
8. Formular los proyectos de programas y de presupuestos relativos a la unidad administrativa a su cargo.
9. Asesorar técnicamente en asuntos de su especialidad a los servidores públicos de la Secretaría.
10. Firmar y notificar los acuerdos de trámite, así como las resoluciones o acuerdos de autoridades superiores que consten por escrito y aquellos que emitan con fundamento en las facultades que les correspondan.
11. Aplicar los ordenamientos que integran el marco jurídico de la Secretaría, conforme a las facultades y atribuciones que les confiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía y demás disposiciones aplicables o les sean delegadas y, en su caso, imponer las sanciones que procedan y resolver los recursos administrativos que al respecto se promuevan.
12. Proporcionar la información, los datos o la cooperación técnica que les sea requerida por otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, o por las unidades administrativas de la propia Secretaría.
13. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en los archivos de la unidad administrativa, así como emitir las constancias de la información que se encuentre en los medios magnéticos o electrónicos a su cargo, de mediar solicitud de parte que acredite su interés jurídico.
14. Planear, diseñar, desarrollar, mantener y operar los sistemas informáticos requeridos para el sustento de las funciones asignadas, conforme a lo previsto en el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía.
15. Las demás que les atribuyan las disposiciones legales o reglamentarias o le encomienden sus superiores.
1.2.2 Dirección General de Normas
Objetivo
Coordinar el sistema de normalización y evaluación de la conformidad, apegándose para ello, a lo dispuesto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento para fomentar la competitividad de la industria y el comercio en el ámbito nacional e internacional.
Funciones
1. Formular, revisar, expedir, modificar, cancelar y difundir las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas en el ámbito de competencia de la Secretaría, así como determinar la fecha de su entrada en vigor.
2. Constituir, organizar y presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la elaboración de normas oficiales mexicanas dentro de la competencia de la Secretaría; fijar las reglas para su operación, en los términos de las disposiciones legales aplicables, y participar con voz y voto en otros Comités Consultivos Nacionales de Normalización en los que se afecten las actividades industriales o comerciales.
3. Fungir como Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización y coordinar sus organismos de colaboración.
4. Registrar, verificar y vigilar a los organismos nacionales de normalización y, en su caso, participar en sus órganos de gobierno, así como suspender o cancelar su registro.
5. Codificar por materias las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, normas extranjeras e internacionales, mantener el inventario y colección de las mismas, y establecer y operar el servicio de información correspondiente.
6. Autorizar el uso de contraseñas y marcas oficiales y, en su caso, conceder licencias para el uso de estas últimas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.
7. Coordinar y supervisar el Sistema Nacional de Acreditamiento de Laboratorios de Pruebas y el Sistema Nacional de Calibración y participar en ellos.
8. Aprobar, previa opinión de la Comisión Nacional de Normalización, los lineamientos para la organización de los comités de evaluación para la acreditación y, en su caso, para la aprobación de personas acreditadas, así como participar en dichos comités y supervisar su operación.
9. Aprobar, verificar y vigilar a los organismos de certificación, laboratorios de prueba y de calibración, y unidades de verificación acreditados, así como renovar, suspender y revocar las aprobaciones.
10. Expedir y publicar la lista de instrumentos de medición, cuya calibración, verificación inicial, periódica o extraordinaria sea obligatoria.
11. Autorizar, previa opinión de las dependencias competentes, a las entidades de acreditación, así como recibir las reclamaciones que se presenten en contra de ellas, requerirles información, vigilar y verificar su actuación, opinar sobre la suspensión o cancelación de las acreditaciones que otorguen y, en su caso, requerir la revisión de dichas acreditaciones.
12. Autorizar, en el ámbito de su competencia, el uso o aplicación de materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativos, diferentes a los previstos en las normas oficiales mexicanas, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
13. Mantener, organizar y operar el registro, así como publicar el listado de organismos nacionales de normalización, de entidades de acreditación, de personas acreditadas y, en su caso, aprobadas, de las suspensiones y revocaciones correspondientes, así como de organismos internacionales reconocidos por el gobierno mexicano por norma, materia, sector o rama, según se trate.
14. Aplicar la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y la Ley Federal de Protección al Consumidor en el ámbito de competencia de la Secretaría, así como las disposiciones derivadas de dichas leyes, en lo relativo a la formulación, revisión, expedición, difusión y evaluación de la conformidad respecto de las normas oficiales mexicanas y normas mexicanas.
15. Verificar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de su competencia, así como imponer las medidas precautorias y las sanciones que correspondan en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
16. Promover, difundir, establecer las políticas y efectuar la investigación, análisis y demás aspectos relacionados con la normalización, metrología, aprobación, evaluación de la conformidad y de calidad y coordinarse, en su caso, con las dependencias competentes, con los organismos nacionales de normalización y entidades de acreditación y las personas acreditadas por éstas, así como vigilar el uso adecuado del equipo e instalaciones necesarias requeridas para estas funciones.
17. Constituir, organizar y presidir los comités mexicanos para la participación y atención de los organismos internacionales de normalización, metrología, acreditación y evaluación de la conformidad y de la calidad, aprobar previa opinión de la Comisión Nacional de Normalización, los lineamientos para la organización de dichos comités, así como participar en dichos organismos y en las negociaciones comerciales internacionales que correspondan en el ámbito de su competencia.
18. Organizar y operar el Centro de Información y Punto de Contacto del país, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos establecidos en los tratados comerciales internacionales de los que México sea parte.
19. Participar en la celebración de acuerdos con instituciones oficiales extranjeras e internacionales para el reconocimiento mutuo de los resultados de la evaluación de la conformidad que se lleve a cabo por las dependencias, personas acreditadas y las mencionadas instituciones, así como de las acreditaciones otorgadas, emitir el visto bueno y, en su caso, la aprobación de los acuerdos que en esta materia celebren las entidades de acreditación y personas acreditadas.
20. Definir, en coordinación con la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto y de acuerdo con los lineamientos que dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el destino de los recursos generados por la participación de México en los organismos internacionales de normalización, así como el mecanismo para el pago de regalías por derechos de autor generadas por la venta en el país de normas internacionales propiedad de dichos organismos.
1.2.3 Dirección General de Inversión Extranjera
Objetivo
Facilitar y brindar certidumbre a los flujos de inversión extranjera productiva, mediante el diseño y aplicación de instrumentos jurídicos y estadísticos, a fin de fortalecer la economía nacional.
Funciones
1. Representar a México en los distintos foros internacionales en materia de inversión extranjera, así como coordinar y dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos por nuestro país en tales foros.
2. Fungir como enlace con las representaciones permanentes de México ante organismos internacionales en materia de inversión extranjera.
3. Operar el Punto de Contacto Nacional de las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE.
4. Administrar las operaciones del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, que incluyen, entre otras, las siguientes: inscribir y mantener actualizado el registro de personas y fideicomiso con obligaciones registrales; procesar información recibida y generar reportes de inversión extranjera; gestionar el cumplimiento de obligaciones registrales; y expedir las constancias respectivas.
5. Evaluar los proyectos de inversión extranjera que se presenten a la consideración de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y dar el seguimiento requerido para su debida instrumentación.
6. Fungir como enlace y como Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
7. Emitir resoluciones administrativas de conformidad con las disposiciones jurídicas previstas en materia de inversión extranjera; autorizaciones o negativas que correspondan, con fundamento en las resoluciones dictadas por la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, vigilando en todo momento el cumplimiento de los programas y compromisos en ellas establecidos.
8. Autorizar a las personas morales extranjeras para establecerse en la República o inscribirse en el Registro Público de Comercio, de conformidad con lo previsto por la Ley de Inversión Extranjera en concordancia con la Ley General de Sociedades Mercantiles.
9. Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, de las resoluciones generales de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y de cualquier otra disposición complementaria; imponer las sanciones correspondientes por incumplimiento a las mismas, así como resolver sobre los recursos administrativos correspondientes.
10. Publicar información en materia de inversión extranjera.
11. Contribuir con los esfuerzos de facilitación para agilizar la concreción de proyectos de inversión extranjera en los tres niveles de gobierno.
1.2.4 Dirección General de Normatividad Mercantil
Objetivo
Autorizar, definir, dictar y coordinar las políticas, estrategias y directrices encaminadas facilitar el proceso de apertura de empresas, administrando y desarrollando nuevas funcionalidades del portal Tuempresa.gob.mx; operar el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG), así como coordinar y regular el servicio del Registro Público de Comercio (RPC), con altos estándares de seguridad jurídica e informática; fomentar la Correduría Pública y velar por el efectivo cumplimiento de las leyes que la rigen; coadyuvar a la modernización de los servicios de firma electrónica avanzada y de los Registros Públicos de la Propiedad, así como en la mejora de los servicios que presta al público, a los fedatarios públicos y a los prestadores de servicios de certificación, en beneficio de los usuarios de los bienes públicos. Lo anterior, para fomentar la competitividad de la economía mexicana.
Funciones
1. Definir estrategias y directrices para regular la prestación del servicio del Registro Público de Comercio y del Registro Único de Garantías Mobiliarias a nivel federal por medio de la aplicación del Código de Comercio, Reglamento del Registro Público de Comercio, los lineamientos operativos en la materia y demás disposiciones legales aplicables.
2. Autorizar estrategias y dictar directrices para desarrollar, implantar, mantener y actualizar el Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER) para la captura, almacenamiento, custodia, seguridad, consulta, reproducción, verificación, administración y transmisión de la información registral, tanto mercantil como inmobiliaria.
3. Autorizar políticas, estrategias y establecer directrices para la gestión de la Base de Datos Central del Registro Público de Comercio y para certificar las constancias que se lleguen a expedir de la información contenida en dicha Base de Datos Central, en los casos que proceda de conformidad con el Código de Comercio y el Reglamento del Registro Público de Comercio, así como para resolver en los casos en que exista discrepancia o presunción de alteración de la información del Registro Público de Comercio contenida en la base de datos de alguna entidad federativa o sobre cualquier respaldo que hubiere.
4. Autorizar las políticas y establecer las directrices para la seguridad de la información del Registro Público de Comercio a su cargo y para brindar capacitación así como apoyo en la materia a los responsables de la operación de dicho servicio público en las entidades federativas, y a otras instancias de la Secretaría u otras instituciones públicas que lo soliciten.
5. Autorizar políticas y establecer estrategias para expedir y suscribir las constancias de habilitación a los responsables de oficina del Registro Público de Comercio y registradores, llevar el correspondiente Padrón Nacional de Responsables de Oficina del Registro Público de Comercio, y acordar con los gobiernos de las entidades federativas los procedimientos para su actualización continua.
6. Autorizar políticas y establecer estrategias y directrices para llevar a cabo acciones de actualización y capacitación a los responsables de las oficinas del Registro Público de Comercio, así como a los registradores y analistas sobre la materia registral mercantil, el uso del SIGER y otros temas afines.
7. Establecer el procedimiento para la inscripción en el Registro Público de Comercio cuando no haya responsable de oficina habilitado y en su caso ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación del aviso por el que se notifique la suspensión del servicio en la oficina correspondiente y la oficina que continuará la prestación del servicio en sustitución de la oficina que se suspenda.
8. Solicitar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los avisos de la apertura y cierre de oficinas del Registro Público de Comercio y de los cambios en su circunscripción para la prestación de este servicio público o, en su caso, de aquellos lugares en los que el servicio será prestado directamente por la Secretaría.
9. Autorizar estrategias y establecer directrices para el diseño y ejecución de políticas públicas para la modernización y mejora continua del Registro Público de Comercio, así como evaluar los resultados de las mismas y el funcionamiento de dicho servicio público.
10. Autorizar estrategias y establecer directrices para emitir los certificados digitales de los usuarios del SIGER, ejercer el control de los mismos y establecer criterios y procedimientos para la aceptación de los certificados digitales expedidos por otras autoridades certificadoras para el acceso y uso del SIGER, así como establecer y autorizar los dispositivos de seguridad que deban usarse para la autentificación de los titulares de los mismos.
11. Autorizar políticas y dictar directrices para promover la modernización de los registros públicos de la propiedad a cargo de las entidades federativas y, en su caso, de los municipios, por medio de la firma y ejecución de convenios de coordinación entre la Secretaría y las entidades federativas, con el objeto de brindar apoyos para la utilización del SIGER para la prestación del servicio del registro público de la propiedad.
12. Autorizar estrategias para promover la celebración de convenios de colaboración y acordar mecanismos de coordinación con otras unidades administrativas de la dependencia o con otras dependencias de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas, así como con los colegios de notarios y corredores públicos, en materia de fortalecimiento y modernización de la función registral y la integración o enlace entre los diversos sistemas registrales del país con el uso del SIGER y establecer directrices para su ejecución y supervisión.
13. Autorizar estrategias para promover y establecer mecanismos de coordinación de acciones con corredores y notarios públicos y con sus respectivos colegios a efecto de extender la capacitación en materia del uso del SIGER, facilitar la expedición y el uso de los certificados digitales para la firma electrónica de los trámites del SIGER, el otorgamiento de la fianza respectiva por dichos fedatarios y para promover el uso del SIGER por internet.
14. Autorizar directrices para el acceso de los notarios, corredores públicos y otros usuarios a las bases de datos del SIGER previo el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios y ordenar las publicaciones relativas en el Diario Oficial de la Federación en los términos del Reglamento del Registro Público de Comercio.
15. Autorizar estrategias para promover la vinculación necesaria entre las instituciones registrales y catastrales para que los beneficios de la modernización registral se extiendan al ámbito catastral en favor de la actividad económica.
16. Establecer políticas y dictar directrices para autorizar la realización de consultas a la base de datos del Registro Público de Comercio a personas que así lo soliciten y cumplan con los requisitos para ello, en los términos previstos en el Código de Comercio, el Reglamento del Registro Público de Comercio y demás normatividad aplicable.
17. Autorizar estrategias y dictar políticas para administrar la Infraestructura de Clave Pública de la Secretaría, así como ejercer las funciones de Autoridad Certificadora y Registradora de los Prestadores de Servicios de Certificación, incluidos la generación, el registro y la revocación de los certificados digitales de autoridades certificadoras subordinadas, de equipos y de usuarios.
18. Autorizar estrategias y dictar políticas para acordar la actuación, de forma coordinada con otras instituciones públicas y privadas, a fin de lograr la homologación, implantación y uso de la Firma Electrónica Avanzada en la Administración Pública Federal, las administraciones públicas estatales y los organismos autónomos.
19. Emitir directrices para acreditar como Prestadores de Servicios de Certificación a las personas que hubieren cumplido con los requisitos establecidos en el Código de Comercio y el Reglamento del Código de Comercio en materia de Prestadores de Servicios de Certificación y demás normatividad aplicable y, en su caso, suscribir el oficio de acreditación y ordenar la publicación del acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación.
20. Establecer políticas y autorizar directrices para supervisar, mediante la realización de visitas de inspección, auditorías y la solicitud de toda clase de informes o documentos, la operación de los Prestadores de Servicios de Certificación de conformidad con el Código de Comercio, el Reglamento del Código de Comercio en materia de Prestadores de Servicios de Certificación y demás disposiciones aplicables.
21. Establecer políticas y directrices para mantener y actualizar los sistemas para la verificación del cumplimiento de lo establecido en las normas oficiales mexicanas que regulen los servicios de firma electrónica tales como la conservación de mensajes de datos y los demás que se desarrollen para atender las necesidades del comercio electrónico.
22. Establecer políticas y directrices para recibir, analizar, autorizar y dar respuesta a las solicitudes de evaluación de la conformidad de las normas oficiales mexicanas que regulen los servicios de firma electrónica tales como la conservación de mensajes de datos y los demás que se desarrollen para atender las necesidades del comercio electrónico, sin perjuicio de que estas actividades sean llevadas a cabo por las personas acreditadas de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
23. Establecer políticas y directrices para realizar inspecciones, visitas, requerir información y en general todo lo necesario para vigilar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones que regulen los servicios de firma electrónica tales como la conservación de mensajes de datos y los demás que se desarrollen para atender las necesidades del comercio electrónico.
24. Establecer políticas y directrices para la emisión de criterios y procedimientos por medio de lineamientos, así como recibir, analizar y dar respuesta a todo tipo de trámites y promociones relacionados con la aplicación de las normas oficiales mexicanas y otras disposiciones que regulen los servicios de firma electrónica tales como la conservación de mensajes de datos y los demás que se desarrollen para atender las necesidades del comercio electrónico.
25. Autorizar directrices para la representación de la Secretaría ante órganos u organismos destinados al establecimiento de estándares en materia de seguridad informática relacionada con el comercio electrónico y los servicios de Firma Electrónica Avanzada, así como coordinar los que se establezcan para su aplicación en materia mercantil.
26. Dictar directrices para el diseño de políticas para mantener actualizada, y en su caso, armonizada con estándares internacionales, la infraestructura tecnológica en la que operan los servicios de firma electrónica cuya regulación está a cargo de la Secretaría, para lo cual podrá ordenar la realización de estudios y prospectivas.
27. Definir estrategias y directrices para promover y apoyar el uso de la Firma Electrónica Avanzada en los trámites y procesos a cargo de la Secretaría y su sector coordinado, y de forma coordinada con otras dependencias en el resto de la Administración Pública Federal, las administraciones estatales y organismos autónomos.
28. Capacitar y actualizar a los profesionistas en las materias jurídica e informática con el propósito de que puedan ser designados peritos o árbitros en materia de Prestación de Servicios de Certificación y Firma Electrónica.”.
29. Establecer directrices para formular las opiniones que se soliciten a la Secretaría en materia de armonización internacional y proyectos multinacionales sobre tecnologías relacionadas con la firma electrónica o medios de autenticación afines.
30. Resolver sobre las solicitudes de exámenes de aspirante y definitivo para Corredor Público; fijar y notificar la fecha, lugar y hora en que se practicarán, las bases y reglas a que se sujetarán, así como el material de apoyo con el que podrán contar los sustentantes durante el desarrollo de los referidos exámenes.
31. Autorizar políticas, establecer directrices y el procedimiento para elaborar, custodiar, aplicar y calificar los cuestionarios del examen de aspirante a Corredor Público y anularlo cuando el sustentante no se sujete a las bases, reglas y material que señale la Secretaría, así como notificar por escrito, mediante oficio o correo electrónico, los resultados de los mismos.
32. Autorizar la prueba escrita del examen definitivo de Corredor Público, y en la prueba oral intervenir en el jurado como representante de la Secretaría, en términos de la fracción I del artículo 10 de la Ley Federal de Correduría Pública, anularlo cuando el sustentante no se sujete a las bases, reglas y material que señale la Secretaría, así como notificar por escrito, mediante oficio, los resultados de los mismos.
33. Autorizar la aplicación de seminarios y cursos de preparación para los exámenes de aspirante y definitivo de Corredor Público con el objeto de orientar a los interesados sobre el temario y características de los exámenes para efecto de coadyuvar a su preparación para los mismos.
34. Establecer el procedimiento para la expedición y firma por el Secretario de Economía, de los títulos de habilitación de corredores públicos y solicitar la publicación del acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación o periódicos o gacetas oficiales de las entidades federativas.
35. Definir criterios para emitir las resoluciones de cambios de plaza, licencias, reinicio de funciones, cese de efectos, suspensión, y cancelación definitiva de la habilitación de los corredores públicos, así como ordenar la publicación del acuerdo correspondiente en el Diario Oficial de la Federación.
36. Autorizar estrategias y directrices para coordinar la expedición de las credenciales de los corredores públicos.
37. Autorizar estrategias y dictar directrices para autorizar el uso, mediante la impresión del sello oficial de la Secretaría en los mismos, de los libros de registro de corredores públicos; así como para regular los sistemas y procedimientos para que, en su caso, estos libros se lleven a cabo de forma electrónica; autorizar mediante oficio los sellos oficiales de los corredores públicos; llevar el registro de los títulos de habilitación, garantías, sellos, firmas y rúbricas de corredores públicos, legalizar y certificar las firmas y sellos de los corredores públicos, así como custodiar y/o destruir los sellos conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
38. Establecer los lineamientos para revisar y aprobar mecanismos de coordinación para llevar a cabo acciones con la Secretaría de Gobernación y otras dependencias federales y de los gobiernos de las entidades federativas para agilizar y simplificar los trámites para el apostillamiento de los documentos autorizados por corredores públicos, para que surtan efectos en el extranjero en los términos de los convenios internacionales suscritos al efecto.
39. Establecer las políticas y autorizar directrices para fijar el tipo y monto de la garantía que deben otorgar los corredores públicos, y supervisar que dicha garantía se mantenga actualizada y vigente conforme a lo señalado en los ordenamientos aplicables.
40. Autorizar estrategias y directrices para revisar y aprobar mediante oficio los convenios de asociación y suplencia que celebren los corredores públicos, incluyendo sus modificaciones y llevar un registro de los mismos.
41. Establecer políticas y directrices para recibir, analizar, autorizar y dar respuesta a las solicitudes de las licencias que soliciten los corredores públicos, así como las renuncias a su habilitación, de conformidad con la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
42. Establecer políticas y directrices para recibir, analizar, autorizar y dar respuesta a los cambios de plaza que soliciten los corredores públicos, recabando previamente la opinión de los colegios correspondientes, conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
43. Autorizar estrategias y dictar políticas para administrar el Archivo General de Correduría Pública, así como expedir copias certificadas y constancias de los instrumentos públicos y documentos que se tengan en custodia en el mismo.
44. Establecer políticas y directrices para llevar a cabo visitas de inspección a las oficinas de los corredores públicos y de los colegios de corredores públicos, para verificar el cumplimiento de la Ley Federal de Correduría Pública, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, así como requerirles por el mismo medio la documentación e informes que sean necesarios para ejercer dicha función de vigilancia.
45. Autorizar estrategias para promover la formación y el desarrollo de los colegios de corredores públicos, revisar y, en su caso, aprobar por escrito, mediante oficio, los estatutos de dichos colegios, incluyendo sus modificaciones, y supervisar el funcionamiento de los mismos.
46. Establecer directrices para desahogar y resolver consultas sobre la aplicación de las normas jurídicas en materia registral mercantil, Correduría Pública, comercio electrónico, firma electrónica avanzada y valuación, que le formulen las autoridades, notarios y corredores públicos, valuadores y particulares con interés jurídico, y resolver consultas sobre toda clase de asuntos en estas materias.
47. Definir estrategias y autorizar directrices para llevar a cabo acciones de capacitación y actualización dirigidas a los Corredores Públicos habilitados y al público en general en los temas relacionados con las atribuciones del corredor público.
48. Autorizar, promover directrices, estrategias y acciones encaminadas a propiciar el desarrollo y mantenimiento de sistemas, procesos y procedimientos para facilitar la apertura de empresas, mediante portales que simplifiquen la prestación del servicio que ofrecen los notarios y corredores públicos en materia mercantil y la modernización de los registros públicos de Comercio, los de Propiedad, así como el Registro Único de Garantías Mobiliarias.
49. Definir estrategias y directrices para difundir y promover por diversos medios de comunicación la figura del Corredor Público y la información sobre los corredores públicos habilitados y sus servicios, organizar foros y conferencias sobre Correduría Pública, e instrumentar acciones coordinadas con los colegios de corredores públicos y otras instituciones públicas y privadas para el mismo fin.
50. Establecer políticas y directrices para coadyuvar a la coordinación entre dependencias y entidades federales con los organismos representativos de los valuadores, para la elaboración, aplicación y difusión de la normatividad que rige los servicios de valuación en materia mercantil, y coordinarse con la Dirección General de Normas en tratándose de normas mexicanas y normas oficiales mexicanas en la materia.
51. Establecer directrices para formular opiniones sobre los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública Federal, sin perjuicio de que esta función la ejerza un servidor público dependiente de otra unidad administrativa, que designe el Subsecretario de Competitividad y Normatividad.
52. Establecer políticas y directrices para tramitar y resolver las quejas que se presenten en contra de los corredores públicos, así como iniciar, sustanciar y resolver los procedimientos administrativos relativos a las presuntas infracciones y faltas que se detecten con motivo de las visitas de verificación que se practiquen a dichos corredores públicos o que se detecten por otros medios y, en su caso, imponer, ejecutar o solicitar la ejecución de las sanciones que procedan, todo lo anterior conforme a la Ley Federal de Correduría Pública, su Reglamento, así como las demás leyes y reglamentos, en el ámbito de competencia de la Secretaría.
53. Establecer políticas y directrices para sustanciar y resolver los recursos de revisión que interpongan los particulares y los que corresponda atender a la unidad administrativa en contra de las resoluciones que se dicten con fundamento en la Ley Federal de Correduría Pública y su Reglamento.
54. Establecer las políticas y directrices para iniciar, sustanciar y resolver los procedimientos administrativos relativos a las infracciones y faltas que se imputen a los Prestadores de Servicios de Certificación y en su caso imponer y ejecutar o solicitar la ejecución de las sanciones que procedan conforme al Reglamento del Código de Comercio en materia de Prestadores de Servicios de Certificación.
55. Autorizar políticas y dictar directrices de seguridad de la información aplicables a la unidad administrativa y cualquier otra política interna dirigida al cumplimiento de sus objetivos.
56. Autorizar y coordinar las estrategias internas para el desarrollo del SIGER, la Correduría Pública y los servicios de firma electrónica avanzada y establecer políticas y directrices de coordinación para el trabajo conjunto con otras unidades administrativas para dicho fin.
57. Definir políticas y directrices para autorizar y llevar a cabo proyectos regulatorios que se elaboren y establecer mecanismos de coordinación para someter a la aprobación o visto bueno de las autoridades competentes.
58. Establecer y coordinar la operación del Registro Único de Garantías Mobiliarias, mediante el programa informático establecido por la Secretaría de Economía en una base de datos nacional, por medios digitales.
59. Autorizar a las personas que lleven a cabo operaciones en la sección del Registro Único de Garantías Mobiliarias.
60. Promover el uso de portales que contribuyan a la modernización de los procesos de apertura rápida de empresas para facilitar así la constitución y puesta en operación de las mismas, lo cual tendría como beneficio una mayor competitividad a nivel nacional.
61. Las demás que resulten necesarias para el desarrollo de las anteriores atribuciones o competan a la Secretaría en materia de Registro Público de Comercio y de la Propiedad, Correduría Pública, Prestadores de Servicios de Certificación y servicios relacionados con la Firma Electrónica Avanzada para el Comercio Electrónico.
1.3 Subsecretaría de Industria y Comercio
Objetivo
Propiciar y potenciar el desarrollo económico sustentable, la innovación y la competencia dentro de un entorno global, para incrementar el bienestar de la población.
Funciones
1. Asegurar el fortalecimiento del comercio interior, mediante el fomento a la incorporación de mejores prácticas logísticas y comerciales, mejor y mayor acceso a la información de mercados y el desarrollo de la economía y el comercio digital.
2. Formular políticas que contribuyan a elevar la competitividad, productividad, eficiencia y calidad de las industrias básicas, pesadas y de alta tecnología.
3. Impulsar la competitividad del país en materia de comercio exterior, mediante el diseño, instrumentación y evaluación de la normativa de los instrumentos de comercio exterior, y a través de la revisión y simplificación de la estructura arancelaria, de regulaciones no arancelarias y de programas de fomento.
4. Dirigir la formulación y vigilancia de la aplicación de las políticas, estrategias y acciones para incrementar la competitividad de las empresas mineras, generar nuevas inversiones y consolidar las existentes, aumentar el aprovechamiento de productos minero-metalúrgicos no tradicionales, incrementar las exportaciones, promover el desarrollo regional de las actividades mineras y coadyuvar al desarrollo sostenible del sector en el largo plazo.
5. Dirigir las acciones necesarias que permitan crear las condiciones de competencia leal en México a través de la operación y defensa del sistema de prácticas comerciales internacionales y mediante las investigaciones en materia de prácticas desleales y salvaguarda.
6. Desempeñar las comisiones que le encomiende el Secretario y realizar las actividades necesarias para el cumplimiento de las atribuciones precedentes.
7. Las demás que le señale el Secretario o le confieran otras disposiciones normativas.
1.3.1 Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales
Objetivo
Promover condiciones de competencia leal en México a través de la operación y defensa del sistema de prácticas comerciales internacionales y mediante la conducción de las investigaciones en materia de prácticas desleales y salvaguarda.
Funciones
1. Conocer, tramitar y resolver los procedimientos administrativos de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda que procedan.
2. Ordenar y practicar visitas de verificación, inspección y reconocimiento a las empresas involucradas en los procesos de investigación, con el objeto de comprobar que la información y pruebas presentadas por la parte interesada en el curso de la investigación y que obren en el expediente administrativo, sean correctas, completas y provengan de sus registros contables, así como cotejar los documentos que obren en el expediente administrativo.
3. Formular y expedir las resoluciones, avisos y otros actos administrativos que deban dictarse en el curso de los procedimientos de investigación de su competencia.
4. Conducir la celebración de audiencias conciliatorias, con el fin de avenir a las partes interesadas en los procedimientos de su competencia, así como aprobar las propuestas de solución que se formulen.
5. Llevar a cabo las reuniones técnicas de información que soliciten las partes interesadas, con el fin de explicar la metodología utilizada por la Secretaría para determinar los márgenes de discriminación de precios y los cálculos de las subvenciones, el daño o amenaza de daño y los argumentos de causalidad, de conformidad con la legislación aplicable.
6. Aprobar los compromisos de precios u otros instrumentos que tengan por objeto eliminar la práctica desleal y, en su caso, revisar periódicamente su cumplimiento.
7. Tramitar y resolver los recursos administrativos que se presenten en relación con los procedimientos administrativos de su competencia.
8. Proporcionar, a solicitud de parte y en el caso procedente, constancias y copias certificadas de los documentos que integran los expedientes de la información de los expedientes administrativos de los procedimientos competencia la unidad.
9. Llevar un seguimiento sistemático de las resoluciones administrativas de su competencia, con el objeto de integrar criterios y precedentes en la materia.
10. Fungir como unidad técnica de consulta en las materias de su competencia.
11. Participar en las negociaciones comerciales internacionales, en el ámbito de su competencia.
12. Elaborar los proyectos de iniciativas de reformas y adiciones a los tratados y convenios comerciales internacionales, leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones de carácter general, en las materias de su competencia.
13. Participar en los procedimientos de solución de controversias en materia de prácticas desleales de comercio internacional y salvaguardas instaurados conforme a los tratados comerciales internacionales de los que México sea parte, cuya coordinación corresponda a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Negociaciones.
14. Realizar estudios e investigaciones sobre prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, que redunden en el mejor desempeño de sus atribuciones.
15. Integrar, administrar y custodiar los expedientes generados durante los procedimientos de su competencia, el acervo bibliográfico, hemerográfico, videográfico y electrónico del centro de documentación, que contiene la información relacionada con los procedimientos de investigación.
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